Las farmacias de Madrid tendrán libertad de horarios y podrán dispensar medicamentos a domicilio.

Éstas son las dos principales novedades del anteproyecto de ley para la regulación de este tipo de establecimientos aprobada este martes por el Consejo de Gobierno regional.

Las farmacias de Madrid tendrán libertad de horarios y podrán dispensar medicamentos a domicilio.

Las farmacias de la Comunidad de Madrid podrán ampliar libremente su horario de apertura y dispensar medicamentos a domicilio. Éstas son las dos principales novedades del anteproyecto de ley para la regulación de este tipo de establecimientos aprobada este martes por el Consejo de Gobierno regional. El texto tiene que ir ahora a la Asamblea de Vallecas, donde el PP carece de mayoría absoluta para poder sacarlo adelante en solitario, por lo que será necesario que lo apoye al menos un grupo de la oposición o que ninguno vote en contra. No obstante, en la Puerta del Sol confían en que recibirá la luz verde parlamentaria antes del final de la legislatura en mayo de 2019 porque está «muy consensuado con las organizaciones y asociaciones más representativas del sector».

Si la nueva ley sale adelante en los términos en los que se ha redactado su versión inicial, las farmacias que quieran ampliar su horario de apertura no tendrán que hacerlo por módulos fijos de 12 o 24 horas al día. Es decir, podrán optar por levantar el cierre antes o echarlo después en los intervalos de tiempo que en cada establecimiento estimen oportunos. Eso sí, con dos requisitos. El primero, que hagan como mínimo un horario de 40 horas semanales distribuidas de lunes a viernes de 9.30 a 13.45 y de 17.00 a 20.00 horas y los sábados de 10.00 a 13.45 horas. Asimismo, deberá tramitarse una solicitud previa del permiso, que una vez concedido tendrá que prolongarse como mínimo hasta final del año en curso, para facilitar la «organización» y que «todas las zonas estén cubiertas», según precisa un portavoz de la Consejería de Sanidad. Paralelamente, se abre la puerta a la posibilidad de que presten una atención domiciliaria para «garantizar el seguimiento farmacoterapéutico de los pacientes»; dicho de otra forma, que las personas mayores dependientes o en situación de vulnerabilidad no interrumpan sus tratamientos por falta de medicinas.

Este punto en concreto está «pendiente de desarrollo» para, entre otras cuestiones, determinar qué coste implicaría este servicio extra y quién lo asumiría. Otra de las novedades es que los establecimientos tendrán la opción de hacer publicidad de las actividades y servicios que desarrollan y contar con su propia página web.

Hasta ahora no se permitía que se anunciaran más allá del letrero y la placa del local de turno, aunque hubiera negocios que por ejemplo rotulaban las bolsas de plástico con su nombre pese a estar prohibido por ley.Además, se trata de «preservar la farmacia rural» con medidas más «acordes y flexibles» para los municipios de 1.500 habitantes, como la reducción de la apertura obligatoria de 40 a 35 horas semanales. También se elimina el requisito de contratar a farmacéuticos adjuntos en el caso de que se soliciten horarios ampliados y se facilita el establecimiento de botiquines en localidades que no dispongan de despacho de medicinas.

En el anteproyecto de ley, asimismo, se establece la posibilidad de que en este tipo de establecimientos haya secciones de dietética y nutrición, un aspecto que hasta ahora no se contemplaba. Y se regula la distribución de medicamentos veterinarios.